El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria.
Esta sentencia puede propiciar que miles de madres y padres soliciten la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad. Aquí te aclaramos cómo solicitar la devolución de la prestación por maternidad a las arcas públicas.
Un total de 38.056 canarias obtuvieron de la Seguridad Social prestaciones por maternidad entre 2014 y 2017 y en el primer semestre de este año se contabilizaron otras 4.470 prestaciones cuya cuantía equivale a la totalidad del salario del perceptor durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).
Los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 pueden solicitar la devolución de la prestación por maternidad, ya que los ejercicios anteriores han prescrito al haber pasado más de cuatro años.
Aunque la norma de IRPF habla de prestaciones de maternidad, no sólo las madres perceptoras de dicha prestación podrán instar la reclamación. También podrán reclamar los padres que la hayan percibido, porque cuando el padre disfruta del periodo cedido por la madre, la prestación que él percibe sigue siendo de maternidad.
Depende de cada caso. La cuantía puede variar bastante según cuál sea el importe de la prestación recibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente. Por ejemplo, para una prestación de 5.681 euros en 2015, la devolución oscilaría entre 1.000 y 2.600 euros, según las estimaciones de la OCU.
Puedes localizar el importe de la prestación por maternidad que hayas percibido en los datos fiscales remitidos por Hacienda. Si no los conservas en papel, puedes consultarlos en la web de Agencia Tributaria dándote de alta en el sistema ClavePIN.
La OCU ha elaborado una guía para solicitar la devolución que incluye los siguientes pasos.
La asociación de consumidores dispone de esta ‘Solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución prestación IRPF’ que puedes descargar en Word y rellenar con tus datos.
En este paso, recuerda llevar dos copias del modelo firmado para que te sellen una con la fecha de su recepción. Otra opción es enviarlo todo por correo certificado administrativo.
Asimismo, ten en cuenta que si el niño nació en el último trimestre del año, es posible que se cobrara la prestación en dos ejercicios distintos y en ese caso deberás solicitar la rectificación de ambos ejercicios.
La solicitud de rectificación se puede pedir antes de que pasen cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración reclamada o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si se presentó fuera de plazo.
Si esta solicitud se considera procedente, Hacienda rectificará la declaración presentada y devolverá la cantidad indebidamente ingresada, más los intereses de demora que correspondan.
Si Hacienda rechaza la devolución de ingresos indebidos, el contribuyente deberá presentar una reclamación económica administrativa. Si esta tampoco consigue un resultado positivo, tendrás que acudir a los tribunales contencioso administrativos asistido de abogado y procurador.
En el caso que desestime la reclamación económica administrativa, deberás decidir si acudes a los tribunales para reclamar tu dinero. En ese caso necesitarás abogado y procurador, y los plazos y el proceso se pueden dilatar bastante en el tiempo, según advierten desde la OCU.