Infórmate sobre las deducciones por gastos de guardería o Educación Infantil

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En estos últimos días hemos recibido una cantidad significativa de consultas y dudas respecto a la información que les ha llegado a muchas familias por distintos cauces y que no siempre informaban, sino más bien producían lo contrario relativo al “modelo 233” de Hacienda. Pues para resolverlo lo mejor es explicarlo ¿verdad?

Infórmate sobre las deducciones por gastos de guardería o Educación Infantil

  • El modelo 233 es un modelo de declaración informativa que tienen que presentar a Hacienda los centros de educación infantil autorizados.
  • Los padres/madres no tienen que hacer nada ni presentar ningún modelo o documento a Hacienda.
  • Cuando ustedes hagan la declaración de la renta (IRPF), Hacienda ya tendrá la información, que hemos facilitado las escuelas, de la cantidad a deducir en el IRPF por gastos de custodia de hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados, hasta un máximo de 1.000,00€ (que no significa deducir esa cantidad, sino que el máximo a deducir es esa), en función de las condiciones particulares de cada  solicitante.
  • Sólo se pueden beneficiar las madres que trabajen y lo pueden hacer por cada hijo menor de los tres años y hasta el mes anterior en que el niño pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil (o sea, hasta agosto del año en que cumpla los tres años).
  • En caso de alumnos que reciban de la Consejería de Educación alguna subvención a la escolarización temprana, se hará constar el importe satisfecho y el importe subvencionado. Y, respecto a cantidades abonadas a través de “cheques de empresa o cheques guardería”, solo se hace constar la cantidad abonada sin diferenciar partes.

Todo esto es según la información de la que disponemos pero, si desean consultar estos aspectos, pueden hacerlo a través de este link de la AEAT.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/GI45/informacion.shtml

Para cualquier duda no duden en contactar con nosotros.