Portugal ha aprobado recientemente una la ley que prohíbe la publicidad de productos con elevadas cantidades de sal, azúcar, y grasas saturadas en espacios frecuentados por menores.
Portugal ha aprobado recientemente una la ley que prohíbe la publicidad de productos con elevadas cantidades de sal, azúcar, y grasas saturadas en espacios frecuentados por menores.
La normativa aprobada, que pretende promover hábitos de consumo saludables en un país donde más del 30% de los niños tienen sobrepeso, contempla multas elevadas para quienes insistan en cubrir las zonas juveniles con anuncios de galletas, chucherías, refrescos, patatas fritas y bollería industrial.
De ahora en adelante queda vetada la publicidad de esos productos en un radio circundante de 100 metros de los colegios y parques del país vecino, como también en los eventos culturales y deportivos que cuenten con un público mayoritariamente compuesta por niños y jóvenes.
La misma legislación prohíbe la promoción de estos productos en la televisión y radio durante el horario infantil, y en la media hora anterior y después de la emisión de cualquier tipo de programación que tenga una audiencia a los menores de edad como audiencia objetiva. Las salas de cine lusas tampoco podrán incluir anuncios de estos productos en la publicidad previa a la proyección de películas para menores de 16 años, y queda igualmente prohibido promover estos bienes en publicaciones dirigidas a lectores juveniles.
El alcance de la ley llega también a la web, donde se veta este tipo de publicidad en las páginas, aplicaciones y redes sociales ideadas para jóvenes, pero expertos técnicos no tienen claro cómo se perseguirán las infracciones de la normativa en este ámbito.
Individuos que incumplan la ley se enfrentan a multas de entre 1750 y 3.750 euros, mientras que las empresas que promuevan los productos en los ámbitos vetados se enfrentan a sanciones de entre 3.500 y 45.000 euros por infracción.