Cómo acceder a las subvenciones de la Consejería de Educación para contribuir a los gastos de las familias

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La Consejería de Educación acaba de publicar la información para acceder a las subvenciones para contribuir a los gastos de las familias y fomentar la importante escolarización temprana de 0-3 años.

Qué hacer para acceder a las subvenciones directas para contribuir a los gastos de las familias y fomentar la escolarización temprana de 0-3 años

Serán beneficiarios de esta subvención los centros públicos y los centros privados autorizados por la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes que soliciten la ayuda para el fomento de la escolarización temprana, siempre y cuando reúnan los siguientes requisitos:

  1. Que el centro solicitante de la ayuda esté autorizado por la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, para impartir el primer ciclo de educación infantil (0-3 años), a la fecha de la publicación de la presente Orden.

  2. Contar con alumnado matriculado en el primer ciclo de educación infantil durante el periodo subvencionado del curso escolar 2019/2020, cuya familia tenga una renta anual de la unidad familiar igual o inferior a 24.000,00 euros (declaración del IRPF del 2019).

Documentación necesaria para solicitar las ayudas

Antes de la apertura del plazo de solicitud se deberá informar a las familias y, para adelantar la tramitación, se les podrá entregar el Anexo VI que se adjunta y se podrá recabar la siguiente documentación:

1) El Documento Nacional de Identidad o Número de Identidad de Extranjero o Pasaporte.

2) Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente al año 2018. Cuando no exista la obligación legal de presentar declaración del citado impuesto, se presentará alguno de los documentos que a continuación se indican:

a) Certificación acreditativa de ingresos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) Certificación acreditativa de ser beneficiario de alguna prestación, subsidio o similar.

c) Informe emitido por los servicios sociales municipales acreditativo de su situación sociofamiliar, en aquellos casos en los que no presentaron la declaración del IRPF y no reciban prestación o subsidio económico.

3) Carnet oficial de la condición de familia numerosa, en su caso.

En todo caso, tanto el Anexo VI como la documentación aportada por la familia, será custodiada por el centro docente.

La solicitud para las subvenciones de la Consejería de Educación se cumplimentará mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.gobcan.es/educacionyuniversidades/ y se adjuntará el Anexo V correspondiente a la Declaración responsable del Centro solicitante.

*La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes recabará electrónicamente los datos correspondientes de hallarse el solicitante al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas, así como con la Seguridad Social, siempre que las personas interesadas no se hayan opuesto expresamente, marcando la opción “No Autorizo Consulta”. En el caso de no autorizar la consulta, se entregará la documentación que acredite dicha circunstancia.